Derecho civil:
El área del Derecho Civil comprende todos los aspectos referentes a las relaciones entre las personas, sus derechos personales y patrimoniales, entre los cuales se tratan:
Derecho de Familia:
Asuntos relacionados a matrimonio, unión de hecho, divorcio, disolución y liquidación de la sociedad conyugal y la sociedad de hecho, situación de los hijos que abarca: tenencia, régimen de visitas, alimentos, patria potestad.
Derecho Patrimonial:
Todos los asuntos relacionados con bienes muebles e inmuebles y derechos y acciones. Controversias referidas a la posesión, dominio, tenencia, prescripción, linderos, gravámenes y partición.
Derecho Patrimonial:
Todos los asuntos relacionados con bienes muebles e inmuebles y derechos y acciones. Controversias referidas a la posesión, dominio, tenencia, prescripción, linderos, gravámenes y partición.
Derecho Sucesorio:
Asesoramiento en el otorgamiento de testamentos, su legalización, así como todos los asuntos que tienen que ver con la trasmisión del patrimonio por causa de muerte y la resolución de las controversias a la que da lugar tal transmisión entre los sucesores, etc.
Derecho Contractual y Obligaciones
Asesoramiento y patrocinio en la celebración de contratos de promesa de compraventa y compraventa, permuta, donación, prenda, hipoteca, mutuo, anticresis, etc., así como las controversias que surgen de su interpretación y cumplimiento, responsabilidad contractual y extracontractual.
Inquilinato:
Asesoramiento en la celebración de contratos de arrendamientos, y patrocinio en las reclamaciones que surgen de las relaciones de inquilinato.
Derecho Mercantil:
asuntos referentes a:
Las relaciones y obligaciones entre acreedores y deudores que surgen como consecuencia de las relaciones comerciales.
Los contratos mercantiles de compraventa, prenda industrial y comercial, reserva de dominio, etc., así como los derechos y obligaciones que surgen de ellos.
Los temas que tiene que ver con el Derecho cambiario, es decir, todo lo relativo a la regulación de los títulos valores (letras de cambio, pagaré a la orden, cheques, contratos de mutuo, etc.), recuperación de cartera, las acciones y las inversiones.